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Hoy, jueves 5 de julio, entra en vigor la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 con medidas como la subida de las pensiones, el incremento del salario de los funcionarios, la ampliación a 5 semanas del permiso de paternidad y la bajada del IVA del cine y del IRPF, entre otras.

En su Disposición final 38ª la LPGE introduce la modificación del artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores estableciendo que el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato de trabajo durante 5 semanas con motivo del nacimiento/adopción de un hijo.

Asimismo, es importante tener en cuenta otra novedad introducida por la norma y es que, dicho permiso deberá ser disfrutado por el trabajador de manera ininterrumpida salvo la última semana, que, previo acuerdo entre empresario y trabajador, podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo.

Destacar que esta medida ayuda (aunque aún queda mucho por hacer) a mejorar la corresponsabilidad en el cuidado del menor entre ambos progenitores. En este sentido, si como sociedad moderna y desarrollada queremos conseguir una igualdad real entre hombres y mujeres es imprescindible que los trabajadores ejerzan este derecho y que las empresas no pongan obstáculos o dificultades en el disfrute del mismo.

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